01 febrero 2013

Establecen pico y placa para expedición de Cartas de Residencia en Cúcuta

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL MODIFICA TRÁMITE PARA CERTIFICADOS DE RESIDENCIA

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL MODIFICA TRÁMITE PARA CERTIFICADOS DE RESIDENCIAFebrero 01 de 2013


“Se establece el pico y placa con el último digito del documento de identidad del solicitante”
Con el fin de ejercer un severo control en la expedición de las cartas de residencia, la Administración Municipal, publicó el Decreto 0113 del 31 de enero, que establece el “pico y placa” con el último digito del documento de identidad del solicitante y requiere de otra documentación para su trámite.
La carta de residencia, emanada de la Administración Municipal, es un requisito previo solicitado por diversas instituciones públicas y privadas para algunos trámites o gestiones que los ciudadanos adelantan ante ellas y en especial para los giros de remesas de Venezuela.
Para evitar aglomeraciones y permitir a los funcionarios de la Secretaría de Gobierno, hacer la recepción de documentos, se fijó el siguiente orden, durante horario de atención en la Alcaldía: Lunes, dígitos terminados en 1 y 2; martes, dígitos 3 y 4; miércoles 5 y 6; jueves 7 y 8, viernes 9 y 0.

Cuando el lunes sea festivo, al siguiente día hábil, se recibirán los dos dígitos correspondientes al festivo, junto con los correspondientes al “pico y placa” en turno.

El usuario, debe hacer la solicitud con 15 días de antelación como mínimo, con el lleno de los requisitos: Fotocopia de la cédula de ciudadanía si es mayor de edad, fotocopia de la tarjeta de identidad y/o registro civil, si es menor de edad. Si es extranjero, fotocopia del pasaporte; fotocopia de un recibo de pago de los servicios públicos que este a su nombre; fotocopia del contrato de arriendo notariado que este a su nombre del inmueble que habita.

Además, se allegará carta de la asociación de vecinos legalmente constituida, que certifique su lugar de residencia; carta del administrador del condominio que certifique el apartamento que habita; fotocopia del recibo de impuesto predial del año en curso a su nombre, registro del Sisben a su nombre; cualquier otro documento que pruebe su residencia.

En cualquier tiempo, la Administración Municipal, podrá verificar la información entregada por el solicitante. Quien faltare a la verdad y los documentos sean apócrifos, se compulsará copia a la Fiscalía para que inicie la investigación.

Para renovar la certificación de residencia o actualizarla, se estableció como requisito: Fotocopia de la carta de residencia anterior; demostrar por cualquier medio de los establecidos en el Decreto, que la residencia sigue siendo la misma que se registró ante la Secretaría de Gobierno. En caso contrario se deben aportar los documentos que acrediten su nueva residencia.

Desde el 1º de febrero, los usuarios de las certificaciones de residencia, podrán digitar e imprimir una vez diligenciado el formato de solicitud en la pagina web de la Alcaldía, www. cucuta-nortedesantander.gov.co , con los datos requeridos, adjuntar las estampillas y presentarlo a la ventanilla.

Con el proceso anterior, se agilizará el trámite de recepción de datos y reducir el número de días para la entrega del documento y a la vez facilitará la base de datos.

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